martes, 27 de marzo de 2012

UN TRISTE TIGRE: LOS MISERABLES

UN TRISTE TIGRE: LOS MISERABLES: Sería incalculable la evaluación del daño que la crisis económica está haciendo a este país. Corría el rumor de la afección de lo...

ROSA MARÍA ARTAL.

Leyendo estos excelentísimos artículos, pienso que, "qué puedo añadir o escribir sobre las cuestiones tratadas".


ROSA MARÍA ARTAL

La modernidad

27 marzo 2012

La ultraderecha mediática está desatada profiriendo durísimos y hasta soeces insultos contra los andaluces que no han dado al PP la mayoría absoluta como habían planeado y apoyado. Lo que se lee, escucha y ve -aunque no quiera uno-, en portadas y columnas de colaboradores, en espacios de radio y televisión, es de tal calibre que deberían ser inhabilitados para la comunicación pública. Lo peor es que este gobierno se muestra muy próximo a esa ideología que le sustenta en buena parte de los medios.
Ocurre –y eso es lo más suave que les dicen- que los andaluces en bloque, atrasados e incultos, no entienden “la modernidad”. Y es que, en esta temporada del siglo XXI, “se llevan” los “revivals” de toda la historia de la Humanidad.
De la Edad Media vuelve el que los siervos costeen las pérdidas de los señores feudales cuando deciden hacer lo que les viene en gana en uso de sus más altas atribuciones.
De la preindustralización el esclavismo laboral con despidos arbitrarios, cambios de horario o rebajas de sueldo al arbitrio del amo.
De la tradición española más arraigada, la “picaresca” impune. Es decir, robar a manos llenas las arcas del país sin que tenga consecuencias. A los Quijotes que intentan imponer justicia se les tilda de locos o se les aparta por inhabilitación. Gracias deben dar por no dar con sus huesos en la mazmorra o el exilio como sin ir más lejos les ocurrió a los hoy afamados impulsores de la Constitución de 1812. Y eso que fueron tan “modernos” como nuestros gobernantes actuales, dicen ellos.
Del franquismo se ha rescatado prácticamente todo: la propaganda y la manipulación de masas a la cabeza, ahora multifocal, y con mucho entretenimiento. Y el “como dios (no sabemos cuál) manda”. El paternalismo. El considerar a los súbditos de la autoridad competente tarados mentales. El poder incuestionable de las élites. Se llevan también los cortijos, las prebendas, los nepotismos y enchufes de los miembros de la casta. La obediencia y la represión de la disidencia.
Vuelve con fuerza la educación y la sanidad de calidad solo para los ricos que pueden pagarla. La sustitución de la ciencia por la creencia. La cultura de la superficie costeada por los mecenazgos que tanto éxito tuvieron en su día, cuando no existían los Estados. La penalización de los derechos de la mujer, la violencia de género a soportar “en el entorno familiar”.
Triunfa el nacionalismo español que traga carros y carretas de potestades superiores, la bandera y hasta comienza a ser tendencia la vistosa peineta local con mantilla, la corbata y el traje, y cualquier atuendo caro. La zapatilla y la ropa cosida en explotación en los países menos desarrollados para los no pudientes. Estudiar de hecho chino, ser chino en derechos y libertades. Lo más chic hoy es combinar la ignorancia con la sumisión.
Uno ha de estar a la moda, se impone ser moderno como el que más. Abrazar la cultura de los tiempos y no desentonar. Los diseñadores ya preparan nuevos lanzamientos ¡atentos para no perder el carro de la Historia! ¿Los andaluces? No tienen la menor idea de modernidad, aunque la disfruten irradiada desde los grandes centros de decisión. Como todos los demás atrasados y analfabetos carentes de estilismo fashion way of life.

miércoles, 21 de marzo de 2012

ALGUNOS JUECES CONTRA LA REFORMA LABORAL ESCLAVISTA.

Jueces para la Democracia ante la Reforma Laboral

 Jueces para la Democracia considera  que el contenido del Real Decreto Ley 3/2.012, de medias urgentes para la reforma del mercado laboral constituye uno de los mayores ataques al derecho del trabajo y a las instituciones laborales a partir de la aprobación del Estatuto de los Trabajadores y materializa una reforma ofensiva, regresiva, reaccionaria y profundamente injusta.
 Se adopta de nuevo a través de Real Decreto Ley, sin previa negociación con los agentes sociales, sobre la base de una urgencia que no es posible relacionar con unos objetivos a los que no puede hacer frente, y que  se utilizan para atacar a la esencia misma del derecho del trabajo, intentando despojarle del carácter tuitivo y compensador del tradicional desequilibrio entre las partes de la relación de trabajo.
 La reforma laboral introducida por Ley 35/2010 y la posterior Ley 27/2011 en  materia de Seguridad Social fueron la antesala a las que ahora se adoptan, pese a que, planteadas como imprescindibles para la creación de empleo y la supervivencia del sistema de protección, no sólo no han generado empleo, sino que han contribuido a su imparable destrucción, agravando la situación que padecemos, producto de la incapacidad de ajustar la economía al empobrecimiento derivado de la crisis bursátil, del desplome de la burbuja inmobiliaria y del imparable avance de la economía sumergida.
 Las reformas en materia de Seguridad Social han supuesto un sustancial avance hacia la consolidación de la progresiva reducción del sistema público de protección social.
 La norma, en mayor medida que sus antecesoras, otorga a los empresarios la facultad de disposición cuasi absoluta de la prestación laboral y modifica las recientes atribuciones competenciales en materia de extinción contractual. La empresa pasa a ser el ámbito preferente de negociación de las condiciones de trabajo y con ello el empresario protagoniza su establecimiento y modificación, con la consiguiente debilitación de la obligada interlocución con los trabajadores o sus representantes para la adopción de medidas que la habían exigido, relegando al mismo tiempo el papel de la Administración.
 Si anteriores reformas laborales incidieron en la reducción de prestaciones y de retribuciones en la Administración Pública, la reforma actual introduce los elementos necesarios para el reajuste retributivo y de condiciones de trabajo en el sector privado a través de las facultades de modificación de la retribución pactada o las posibilidades de descuelgue, no sólo salarial, sino de la integridad del convenio, limitando la ultra-actividad de su contenido (el Estado niega el acuerdo y voluntad de las partes) y profundiza en la  desigualdad entre los sujetos del contrato de trabajo, debilitando paralelamente el papel compensador que constitucionalmente se ha atribuido a los Sindicatos y a  la negociación colectiva.
 La tutela normativa que había venido otorgándose al trabajador se  mercantiliza desde el acceso al empleo, “descentralizándose” en las ETT la  colocación, que debía ser la actividad preferente de un servicio público de empleo. Como paliativo al sangrante incremento del desempleo joven se modifica la  contratación para la formación y aprendizaje, tradicionalmente concebida para el acceso al trabajo de trabajadores jóvenes, compatibilizando trabajo y formación.
 El nuevo “contrato indefinido de apoyo a los emprendedores” desvirtúa la propia finalidad del período de prueba, al fijarlo en un año de duración, reconvirtiéndolo en un contrato a término.
 La reforma refuerza el poder unilateral del empresario para modificar cambios de puesto de trabajo, distribución de jornada y movilidad geográfica; modifica el contenido de los acuerdos que se establecieron en los pactos individuales y colectivos (salario, jornada...) lo que puede provocar la sangrante opción de muchos trabajadores entre ver reducida su retribución y la protección social futura o engrosar la estadística de desempleados, sin garantía de recuperación de las condiciones de aquella transacción si posteriormente el empleador decide extinguir contratos tras nueve meses de disminución de ingresos o ventas.
 La nueva regulación pretende limitar, una vez más, las facultades del juzgador para valorar la finalidad  y/o razonabilidad de la extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, eliminando los elementos de causalidad finalista, cuando la empresa alegue disminución de ingresos o ventas durante tres trimestres consecutivos, ello limitará la tutela judicial ante el despido y  desincentivará el ejercicio por el trabajador de reclamaciones judiciales.
 Esta nueva degradación de la causalidad en el despido, junto a la introducida por el nuevo contrato “indefinido para emprendedores” y a la supresión de la autorización administrativa en despidos colectivos, es contraria al derecho constitucional al trabajo que consagra el art. 35 de la Constitución Española que, como ha recordado el Tribunal Constitucional, integra el derecho a no ser despedido sin justa causa, lo que nos sitúa también al margen de los compromisos asumidos por  España con la ratificación del Convenio 158 de la OIT.
 La reforma introducida por Real Decreto Ley 3/2012, como la anterior contenida en la Ley 35/2010 y las que a esta sucedieron,  no servirá para crear empleo estable, no combatirá la dualidad del mercado de trabajo e introduce un peligroso desequilibrio entre las partes de la relación laboral, poniendo en peligro la existencia misma del Derecho del Trabajo y la de los valores constitucionales de los que ha venido nutriéndose.
 Nuestra obligación como jueces garantes de los derechos fundamentales de los trabajadores es continuar aplicando las leyes laborales conforme a los principios y valores constitucionales, poniendo freno a los posibles abusos que tan amplias posibilidades de disposición del contrato de trabajo que se otorgan al empresario. Seguiremos sin duda en esa línea, obviando las muestras de desconfianza del legislador materializadas en las reformas introducidas a la ley procesal, aún desde la insostenible carga de trabajo que estamos soportando.
16 de febrero de 2012
El Secretariado de JpD
Jueces para la Democracia http://www.juecesdemocracia.es